DAYALic. Dayami Pestano Lazo
Entre las diversas modalidades de protección pública a las unidades familiares que se registran en el panorama internacional destacan las actividades de mediación para la solución de los litigios familiares derivadas de situaciones de crisis matrimonial o de
pareja.
Este instrumento de mediación familiar, institución jurídica contemporánea, consiste en la intervención de un tercero ajeno a las partes en conflicto, y experto en la materia para ofrecer propuestas de solución a desavenencias cuando existen litigios provenientes de supuestos de separación y divorcio con la mayor imparcialidad.
Este proceder ha logrado popularidad por su efectividad en la solución de las discordias entre parejas, señalando entre otros beneficios, mejorar la comunicación entre los miembros de la familia, reducir los conflictos entre las partes en litigio, dar lugar a convenios amistosos y asegurar el mantenimiento de relaciones personales entre padres e hijos.
La figura del mediador familiar se perfila como un profesional especializado imparcial e independiente, al que se requiere su actuación por iniciativa de las partes o por indicación de una autoridad judicial o administrativa a los efectos de obtener de él propuestas de solución de las situaciones de conflicto familiar ofreciendo a las partes la posibilidad de llegar a acuerdos sin necesidad, por tanto, de atribuirle facultades decisorias o dirimentes sobre el conflicto como es propio de los arbitrajes.