15 familiaOLYMPUS DIGITAL CAMERALic. Odalina Guerrero Lara.
La Constitución de la República de Cuba plantea.
Artículo 35. El Estado protege la familia, la maternidad y el matrimonio. El Estado reconoce en la familia la célula fundamental de la sociedad y le atribuye
responsabilidades y funciones esenciales en la educación de las nuevas generaciones.
Kirenia Alganza Torres, ciudadana cubana, de 30 años de edad, casada, vecina de Comunidad Alquitex Alquízar, Provincia de Artemisa, tiene tres hijos, menores de edad, de ellos uno posee un impedimento físico, además está embarazada con siete meses y su embarazo ha sido pésimo, certificado esto último por la consulta de Hemopatía en el Hospital Nacional Enrique Cabrera.
Vive con su familia en un pequeño cuarto de la casa de su mamá. Los bajos recursos no le permiten construir un inmueble para vivir sin el hacinamiento en que se encuentran en estos momentos.
Kirenia declara haber pedido ayuda al Órgano Local del Poder Popular de Alquízar, la Seguridad Social ha prometido ayudarla, siendo la realidad este cuadro que hoy posee, pues cuando su hijo nazca no tendrá condiciones en una habitación que no da para más.